Requisitos de permanencia Regimen tributario especial (ESAL)

1. Estados financieros de la entidad del año inmediatamente anterior.

2. Certificado del representante legal donde se evidencie que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año, conforme lo ordena el numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.

3. Copia de la escritura pública, documento privado o acta de constitución en donde conste que está legalmente constituida.

4. Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello.

5. Copia del acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección, en la que se autorice al representante legal para que solicite que la entidad sea readmitida o calificada, según sea el caso, como entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta.

6. Certificación del representante legal de los antecedentes de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.

7. Copia de los estatutos o acta del máximo órgano directivo donde se indique: a) actividad meritoria de libre acceso a la comunidad, b) que sus aportes no sean rembolsables, c) que sus excedentes no sean distribuidos bajo ninguna modalidad y d) identificación de los cargos directivos. Decreto 2150 de 2017, Artículo 1.2.1.5.1.8, numeral 4.